jueves. 25.04.2024
Miguel Pallarés, ex fiscal de Arrecife y portavoz de la Asociación Profesional de Fiscales Independientes, pide respeto a la resolución del juez Alba pero afirma en COPE Canarias que Ródenas "tiene motivos de sobra" para recurrir la anulación de la grabación del ex secretario general del PSOE, que no cree que deba implicar la suspensión del resto de piezas separadas de la operación

Expertos en Derecho ven "anómalo" que Espino grabara en el caso Unión con el visto bueno de la Guardia Civil pero sin autorización judicial

Expertos en Derecho aseguran que es "anómalo" que el ex consejero de Política Territorial del Cabildo y ex secretario general del PSOE, Carlos Espino, grabara en 2008 al empresario Fernando Becerra con el visto bueno de la Guardia Civil pero sin autorización judicial debidamente justificada.

Así lo ha considerado Gerardo Pérez Sanchéz, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna, que este miércoles en declaraciones al programa 'La Mañana' de COPE Canarias, que presenta y dirige Mayer Trujillo, ha valorado este singular caso de corrupción definido por el fiscal general de Canarias como "el más grave de todo el Archipiélago", la Operación Unión.

La Fiscalía de las Palmas recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias el auto del juez Salvador Alba en el que anula -por vulneración del derecho a la intimidad- como prueba las conversaciones grabadas entre Fernando Becerra, presunto intermediario del empresario Luis Lleó, y el ex consejero de Política Territorial del Cabildo de Lanzarote Carlos Espino en el caso Unión.

Al respecto, catedráticos en Derecho como el profesor Gerardo Pérez Sanchéz afirman que "en este caso de la grabación entre dos particulares se da alguna característica que difumina la doctrina general: en principio, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad no pueden realizar ningún tipo de captación telefónica ni de ningún tipo de conversación si no es con una autorización judicial, que debe venir motivada y razonada".

Espino asegura que siguió instrucciones del juez

Si no se parte de esa premisa, "si no se tiene una autorización judicial o esta autorización judicial no está suficientemente justificada y pondera los diferentes derechos en conflicto, la prueba será nula, y si la prueba es nula", ha proseguido el catedrático, "no puede ser utilizada en un procedimiento judicial para condenar o para absolver a nadie".

El propio Espino ha reconocido en COPE que la grabación no la hizo él, sino que fue algo pactado con la Guardia Civil. "La grabación no la realizó Carlos Espino; la grabación la realizo con una grabadora que yo porto pero", ha matizado Espino, "siguiendo instrucciones de su Señoría, del juez que dirigía el caso. En ningún caso realicé yo grabaciones por mi cuenta, sino que siempre fueron ordenadas por la Autoridad Judicial y con los medios tecnológicos que ponía la UCO a disposición de su Señoría para que se registraran las conversaciones"

La Fiscalía tiene "motivos de sobra" para recurrir la decisión del juez Alba

Por su parte, Miguel Pallarés, ex fiscal de Arrecife y actual portavoz de la Asociación Profesional de Fiscales Independientes, ha valorado en la entrevista concedida a este mismo espacio en Cope Canarias las últimas novedades de la Operación Unión y ha afirmado que entiende que el fiscal Javier Ródenas haya anunciado que recurrirá la decisión del juez Salvador Alba, de anular la grabación que originó la trama cuyo estallido conmocionó a la sociedad lanzaroteña y que tuvo repercusiones en toda Canarias e incluso eco mediático nacional. "La decisión que anula la grabación de las conversaciones que originó el caso Unión es el principio de la investigación, y por eso le llama la atención a la opinión pública", ha afirmado el fiscal.

"Yo creo que la Fiscalía tiene motivos suficientes para recurrir esta resolución", ha opinado Miguel Pallarés, que ha ilustrado el caso con una sentencia reciente del Tribunal Supremo, del 17 de julio de 2016, con el ponente Cándido Conde Pumpido, ex fiscal general del Estado. "Aborda una cuestión muy parecida a esta, que son las grabaciones entre particulares llevadas a cabo en un despacho profesional". Dicha sentencia, ha apuntado Pallarés, "viene a decir cosas aplicables a este caso: la grabación de una conversación entre particulares por el receptor de la conversación no afecta al secreto de las comunicaciones, porque lo único que hace es grabar lo que la otra persona le está diciendo, con lo cual no hay vulneración de ningún derecho fundamental de ese tipo".

Según el portavoz de la Asociación Profesional de Fiscales Independientes, "el único derecho fundamental que podría estar en juego, y que es lo que dice la resolución del juez Alba, es el derecho a la intimidad. En esta sentencia también se aborda que la grabación de esa conversación no afecta al círculo íntimo de la persona ni se ha hecho en un espacio íntimo, como un domicilio o cualquier espacio donde desarrollemos nuestra vida privada".

Respeto a las resoluciones judiciales

Además, reclama que no se hagan juicios paralelos y que se respete la decisión del juez Alba, independientemente de la trayectoria del magistrado. "Es el juez que ha dictado esa resolución y creo que en un Estado de Derecho debemos respetar las normas. Mientras un juez no esté apartado en el ejercicio de su ejercicio jurisdiccional, hay que respetar las resoluciones judiciales, sin perjuicio de que después podamos entrar a valorarla y a estar o no de acuerdo", ha afirmado. "Todo esto está sub judice y habría que respetar las resoluciones judiciales", ha recordado Pallarés.

Futuro del resto de actuaciones y piezas judiciales

La Fiscalía considera que la anulación no debe tener influencia ni en la pieza separada que juzgará al empresario Luis Lleó por el procedimiento del Jurado ni en el resto de las piezas del caso Unión. Así lo reflejaba en la contestación a las cuestiones previas presentadas por Lleó.

En este sentido, Pallarés ha manifestado que no cree que la anulación la dicha grabación entregada por Espino a la Guardia Civil deba implicar la anulación del resto de piezas separadas en la Operación Unión. "Es solo una parte. Hay otras piezas que ya han terminado en sentencias pero que no nacen de ahí, sino que hay una investigación que tiene origen o fuente en otro tipo de pruebas", ha manifestado.

A su juicio, "está perfectamente claro cómo se ha llevado a cabo la instrucción de las piezas ya sentenciadas. Es verdad que la grabación dio origen a la investigación, pero creo que hay autonomía de fuentes para las distintas condenas que se han ido produciendo".

En la misma línea se ha pronunciado el catedrático en Derecho Gerardo Pérez Sanchéz, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna. "No tendría por qué anularse el resto de piezas puesto que si después, fruto de otro tipo de pruebas autónomas, como declaraciones testificales o pruebas videográficas, o se solicita una intervención telefónica con todas las garantías si la autoriza un juez, esas pruebas posteriores podrían tener validez". Así pues, según Pérez Sánchez, "no tendría que contaminar cualquier tipo de prueba que en el futuro pueda realizarse".

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