viernes. 29.03.2024
Se han identificado a cuatro supuestos autores de los hechos, uno menor de 16 años de edad –único con responsabilidad penal- y el resto de edad inferior a los 14 años

La Guardia Civil investiga a un menor de edad por un caso de bullying en Gran Canaria

El término bullying, utilizado para definir el acoso escolar, engloba una serie de comportamientos como amenazas, coacciones, etc., cometidos en el ámbito escolar, que tienen respuesta desde el ámbito penal

El Equipo Territorial de Policía Judicial de Santa María de Guía, en Gran Canaria, ha procedido a la investigación de un menor de edad de 16 años y a la identificación de otros tres, menores de 14 años, como supuestos autores de un delito contra la integridad moral, al realizar varios actos vejatorios, insultos y amenazas contra una menor de edad de otro centro de enseñanza, con quien, a su vez, iban a coincidir en el primer curso del Instituto, donde estarían escolarizados la víctima y varios de los implicados.

El pasado 31 de mayo, explica este jueves en nota de prensa el Instituto Armado, se presentó una denuncia en dependencias oficiales de la Policía Nacional, en Las Palmas de Gran Canaria, narrando una serie de amenazas, insultos y vejaciones a la que se veía sometida la víctima desde aproximadamente unos tres meses por varios jóvenes, algunos alumnos de otro centro de enseñanza de la localidad de Teror, con quienes coincidiría al año siguiente en el I.E.S. de la señalada localidad, detectándose de las conversaciones extraídas de las redes sociales una planificación para ejercer sobre ella actos vejatorios y agresiones.

Posteriormente, dicha denuncia fue transmitida a la Guardia Civil, por acontecer los hechos en su demarcación, realizándose las correspondientes diligencias para el esclarecimiento de los hechos.

Uso de redes sociales

Los agentes de la Guardia Civil, en base a la manifestación de la víctima y otras series de datos aportados por la misma y su progenitora, pudieron recopilar los diversos insultos y amenazas a la que se veía sometida aquella, así como la planificación de actos violentos, a través de llamadas telefónicas, de la aplicación telefónica Whatsapp y de la red social Instagram.

Identificación de los menores

A través de la colaboración de los agentes del Puesto de la Guardia Civil de Teror se pudo identificar a todos los menores de edad implicados en el proceso de bullying, resultando ser la mayoría alumnos de otro centro de enseñanza, uno de ellos no escolarizado, pero del ámbito social de la víctima.

Seguidamente, explica la Benemérita en su comunicado, la Guardia Civil identificó a cuatro menores por estos hechos, pero en base a la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, sólo uno de ellos –con 16 años de edad- presenta responsabilidad penal, siendo investigado el pasado día 10 por un delito contra la integridad moral.

Los tres menores restantes, al presentar edades inferiores a los 14 años, no tienen responsabilidad penal alguna, pero en base al artículo 61 de la citada Ley Orgánica y los artículos 1902 y 1903 del Código Civil si presentan responsabilidad civil, en este caso responderían de ella sus padres, tutores o guardadores legales.

Las diligencias originadas por la investigación, junto a la identificación de todos los menores, han quedado a disposición de la correspondiente Fiscalía de Menores de Las Palmas de Gran Canaria.

Responsabilidad penal por bullying

La Guardia Civil aprovecha la ocasión para recordar que el acoso escolar puede llegar a ser delito, en tanto que las conductas que lo compongan –como el caso descrito- se encuentren tipificadas en el Código Penal; ya que un mismo caso de acoso escolar puede englobar conductas penadas como amenazas, lesiones, injurias, coacciones, etc. incluso, si tienen la entidad suficiente, calificarse como delito contra la integridad moral.

Este último delito, tipificado en el artículo 173.1 del Código Penal, castiga con penas de prisión de 6 meses a dos años conductas que reflejen un trato degradante y menoscaben gravemente la integridad moral de una persona.

Plan Director y Plan Estratégico de Convivencia Escolar

La Administración Pública, a través de los Ministerios del Interior (http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/planes-de-prevencion/plan-director-para-la-convivencia-y-mejora-escolar ) por un lado y de Educación ( http://www.mecd.gob.es/educacion-mecd/mc/convivencia-escolar/plan-convivencia/ejes-estrategicos.html ) por otro, desarrollan varios planes o estrategias para dotar a la comunidad docente, al alumnado y a sus tutores de una serie de pautas para identificar, prevenir y dar la respuesta adecuada a este tipo de conductas.

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