Un decreto del Supremo confirma que el procedimiento judicial por el concurso de acreedores de Inalsa sigue abierto contra los antiguos administradores
El presidente del Cabildo de Lanzarote, Oswaldo Betancort, ha dado a conocer este lunes por la mañana en el transcurso de la Asamblea General del Consorcio del Agua un decreto del Tribunal Supremo (TS), del pasado 18 de diciembre de 2024, del que se desprende que el procedimiento judicial por el concurso de acreedores de Insular de Aguas de Lanzarote (INALSA) sigue abierto y será el Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Las Palmas el que abra el incidente para determinar la culpabilidad o no de los antiguos administradores de la empresa pública que manejaba el ciclo integral del agua hasta la llegada de Canal Gestión. Esta información confirma las sospechas planteadas por el nuevo inquilino de la ahora casa blanca, quien ya adelantó hace semanas la posibilidad de que esto fuera así y los responsables políticos, principalmente del Partido Socialista (PSOE) y del desaparecido Partido de Independientes de Lanzarote (PIL) tuvieran que esperar para no dar por cerrado el capítulo del embargo de sus bienes por la nefasta gestión que se hizo de la empresa pública.
El decreto del Supremo declara desierto el recurso de casación por falta de representación procesal presentado por los administradores concursales de Inalsa contra la sentencia del 24 de febrero de 2017 de la Audiencia Provincial de Las Palmas que obligaba a abrir la sección sexta del concurso de Inalsa y determinar la culpabilidad o no de los antiguos administradores y dirimir su responsabilidad en la quiebra de la misma, fijando las posibles indemnizaciones.
El presidente del Cabildo de Lanzarote y del Consorcio del Agua apunta en nota de prensa posterior a la reunión que habrá que esperar al resultado del incidente judicial en el que se determinará la responsabilidad, si la hubiera, de los miembros que formaban parte de los dos últimos consejos de administración de Inalsa.
Cabe recordar que la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas estimó el recurso de apelación interpuesto por la mercantil Edam Janubio UTE, en noviembre de 2015, contra el convenio que firmó Inalsa con los acreedores. Edam Janubio pedía la apertura de la sección sexta de calificación al contener el acuerdo una quita de un 21,76 por ciento y una espera de cinco años.
El 24 de febrero de 2017 la Audiencia Provincial falla estimando el recurso de apelación y revoca la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas, de 13 de septiembre de 2013, favorable al convenio, y ordenaba la formación de esa sección sexta.
En 2020 el juzgado de lo Mercantil llegó a ordenar el embargo preventivo de las propiedades de 17 miembros de los consejos de administración de Inalsa entre julio de 2007 y junio de 2009, cuando la empresa entró en concurso de acreedores con una deuda en torno a los 50 millones de euros.