El TSJC confirma la condena a 9 años de prisión a un hombre que intentó matar a su pareja en Arrecife
La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado este jueves la sentencia que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas dictó el pasado 24 de noviembre de 2022 por la que se condenaba a nueve años y seis meses de cárcel a Luis Andrés por homicidio en grado de tentativa contra la mujer que era su pareja en el momento de producirse los hechos. En la decisión, dada a conocer este jueves por parte del Gabinete de Comunicación del Alto Tribunal, se confirma lo determinado por la sala presidida en su día por Juan Luis Lorenzo Bragado y con los magistrados Antonio Doreste Armas como ponente y Carla Bellini Domínguez como parte del tribunal, que resolvieron en sentencia en primera instancia en los términos determinados durante la fase inicial por el Juzgado de Instrucción Número 1 de Arrecife. La decisión, contra la que sólo cabe ya recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS), lleva aparejada para el condenado las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la patria potestad respecto de la menor que tenía a su cargo cuando se produjeron los hechos durante el tiempo de la condena y la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de Lucía, la mujer a la que trató de matar, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquiera otro frecuentado por ella así como comunicarse con la misma por cualquier medio por un plazo de catorce años, así como al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.
El acusado deberá indemnizar a Lucía con la cantidad de cuarenta mil euros por las lesiones físicas y por el daño moral sufrido y con 396 euros en concepto de daños materiales, cantidades ambas que devengarán los intereses desde la fecha de esta resolución hasta su completo pago.
Para el tribunal son hechos probados, y así se declara expresamente, que el procesado, Luis Andrés , mayor de edad y sin antecedentes penales, en el mes de junio de 2020 mantenía una relación sentimental con convivencia con Lucía, fruto de la cual nació una hija común de tres años de edad con la que residían en el domicilio familiar en Arrecife. El día 19 de junio de 2020, en horas de la noche, se produjo una discusión entre ambos en la zona conocida como La Biosfera, en Arrecife, a donde lo había ido a buscar Lucía para que regresase a su casa, todo ello en presencia de un amigo de Luis Andrés, en el curso de la cual Lucía le exigió que se montara en el coche y arañó el coche del amigo del procesado el cual, enfadado con ésta al haberse sentido despreciado por una mujer delante de su amigo, una vez en el domicilio, y tras romperle su teléfono móvil y las gafas, inició una discusión con Lucía en el curso de la cual cogió una navaja de unos 20 centímetros de longitud y con la finalidad de acabar con su vida le propinó con la misma cortes en la frente, en los dedos y en el muslo, todo ello mientras la niña lloraba y la tenía cogida tratando de protegerla procediendo, una vez que la menor huyó del lugar, a cogerla por el cuello fuertemente intentando asfixiarla diciéndole en todo momento que iba a matarla a ella y a la niña. En un momento dado, al ir el procesado a buscar algo al salón, Lucía pudo salir de la casa ensangrentada y perseguida por Luis Andrés, que portaba en la mano la navaja mencionada, no pudiendo dar alcance a Lucía, que se refugió en la casa de un vecino. El acusado, que fue localizado por la policía tranquilo, acostado en su cama, dijo a los agentes cuando lo fueron a detener que “ésta no sabía con quién se metía”.
Como consecuencia de estos hechos Lucía sufrió lesiones consistentes en herida incisa en región central de la frentre, en forma de media luna, de unos 4 centímetros, herida incisa en región proximal externa del muslo izquierdo de unos 5 centímetros de diámetro, sección completa de ambos flexores de3º y 4º dedos de la mano izquierda, heridas que, para su sanidad, requirieron de una primera asistencia facultativa y tratamiento posterior consistente en sutura, tenorrafia FDP del 3º y 4º dedos, curas y rehabilitación curando en 49 días, 3 de estancia hospitalaria y 46 impeditivos, quedándole como secuela una cicatriz hipocrómica en la frente, en forma de media luna de 5 centímetros, una cicatriz hipocrómica en región externa del muslo izquierdo de unos 4 cmx1 cm y cicatriz en cara dorsal de la mano izquierda con limitación de la movilidad en la flexo extensión de 3º y 4º de la mano izquierda así como un
Por otro lado, no se ha demostrado que en el momento de los hechos el acusado se encontrase bajo los efectos de drogas que modificase de alguna forma su capacidad de entender y de querer ni que las mismas presentasen alteración por el consumo continuado de dichas sustancias.