martes. 22.04.2025

La reunión de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC) celebrada en la mañana de este martes concluyó con la decisión de elaborar un informe que certifica que El Golfo es un núcleo urbano con anterioridad a 1988, año de la entrada en vigor de la Ley de Costas.

Este reconocimiento se ha certificado después del compromiso adquirido en el mes de septiembre por el consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias, Domingo Berriel, que aseguró que el Ejecutivo canario elaboraría un informe con el que se pudiese acreditar ante la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente la existencia de esta localidad como núcleo urbano. De este modo, se pretendía dotar a los vecinos de un documento válido para modificar la ordenanza de Costas que dictaminaba que, al tratarse El Golfo de una zona rústica protegida, debía tener una zona de servidumbre de 100 metros, con lo que se veían afectadas por esta calificación casi la totalidad de las viviendas de la zona.

Finalmente, el documento prometido ha llegado y los servicios jurídicos que defienden a los vecinos de El Golfo ya cuentan con este documento que acredita ya no sólo la consideración de núcleo urbano, sino de su existencia como tal antes de que entrase en vigor la Ley de Costas, en la que se basa la ordenanza ministerial.

Parece que se resuelve así una parte de este conflicto que trae de cabeza desde hace meses a los propietarios de esta zona costera de Yaiza, un problema que afecta en condiciones muy similares a los habitantes del pueblo de La Santa, que también han conseguido en esta reunión de la Cotmac que se les reconozca su existencia como núcleo urbano para evitar perder sus propiedades.

Consolidados hace años

En los dos casos analizados, la Cotmac ha tenido en cuenta los informes presentados

por los técnicos del Ejecutivo regional, que evaluaron las características que la Ley contempla que son imprescindibles para declarar que una zona es núcleo de población, aunque no esté considerado como tal por un plan de ordenación, inexistente aún en el caso de Yaiza.

En ambos casos se determinó que quedaba demostrada esta existencia tanto en La Santa como en El Golfo a la luz de la información aportada por los ayuntamientos de Tinajo y de Yaiza, respectivamente.

En el caso de La Santa el documento final evaluado por la Cotmac incluye información que acredita que este núcleo tiene la categoría de suelo urbano ya que, como consta en la documentación catastral de 1989, tenía 72 edificaciones antes de la entrada en vigor de la Ley de Costas en 1988. La justificación aportada por el Ayuntamiento de Tinajo y respaldada por la Cotmac se sustenta además en que esta zona tenía entonces accesos rodados y contaba con los servicios urbanísticos de agua y luz, tanto privada como pública, en condiciones de pleno servicio a las edificaciones y solares existentes en dicho núcleo.

En esta línea se argumenta también la decisión tomada sobre El Golfo, que queda demostrado para los técnicos que, aunque antes de la entrada en vigor de la Ley de Costas no tenía la clasificación de Suelo Urbano en el Plan General de Ordenación de Yaiza de 1973, contaba con consolidación edificatoria suficiente a la entrada en vigor de la normativa. El caserío del Golfo contaba además con acceso rodado y con los servicios de electricidad y evacuación de aguas residuales por medios propios, si bien el abastecimiento de agua se realizaba por cubas municipales.

Con esta resolución, el consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias, Domingo Berriel, entiende que se le da una solución "definitiva y favorable" a los propietarios de las viviendas de esta localidad de Yaiza, que temen que Costas pueda derribar sus propiedades en caso de que se mantenga la actual consideración de suelo rústico protegido que amplía la zona de servidumbre a 100 metros.

En este sentido, Berriel asegura que con la decisión tomada en la Cotmac, y "después de una constatación de lo que existía antes de 1988", se puede "elaborar un informe con acreditación para comunicar a la Dirección General de Costas donde debe ir el deslinde de servidumbre”.

Una herramienta eficaz

Aunque el documento se aporta meses después de que se asegurase por parte del Gobierno de Canarias que se elaboraría de forma inmediata en el mes de septiembre, por fin ha llegado y parece que aún a tiempo.

Los abogados de los vecinos cuentan ahora con un documento oficial que pueden aportar en las acciones jurídicas que estaban defendiendo ante Costas y ante los tribunales.

Por una parte, el Ayuntamiento de Yaiza seguirá con el recurso contencioso administrativo que presentaron ante la Audiencia Nacional para anular la orden ministerial. Con la nueva resolución de la Cotmac ven reforzado su línea de defensa, que se basa principalmente en instancia de la Jefatura de Costas y Puertos de Canarias de fecha 12 de Julio de 1.971, que demuestra que existía un deslinde anterior al de Costas, por lo que quedaría anulado el que practicó el Ministerio con posterioridad.

Si consiguiesen que la resolución de este recurso les resultase favorable, podrían ahora además limitar la zona de servidumbre a sólo 20 metros certificando con el documento de la Cotmac que El Golfo era un núcleo de población antes de 1988.

Por su parte, José Ortega, abogado de un grupo de vecinos de la localidad sureña, cuenta a partir de ahora con el mismo certificado para apoyar el recurso de reposición que interpuso para reducir la zona de servidumbre que afecta a El Golfo a 20 metros.

En vista de estas acciones, parece que el problema de los propietarios de esta zona ya tiene el apoyo necesario para enfrentarse a la orden de la Dirección General de Costas, pero en cualquier caso sigue manteniéndose la duda de qué ocurrirá con las viviendas que queden dentro de los 20 metros de zona de servidumbre o en dominio público.

La COTMAC certifica que El Golfo era un núcleo urbano antes de 1988
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