martes. 22.04.2025

El Gobierno aprobará en el Consejo de Ministros de hoy una moratoria de un mes al pago de hipotecas a los colectivos más vulnerables ante la crisis del coronavirus, que se puede prorrogar según evolucione el estado de alarma, señalan fuentes del Ejecutivo. Según recoge el diario ABC, la medida irá destinada a la vivienda habitual de trabajadores que se hayan quedado sin empleo y empresarios en pérdidas. Para poder acogerse a la moratoria los miembros de la unidad familiar deberán cumplir una serie de requisitos como que la cuota suponga el 35% de los ingresos netos de la unidad familiar o cosechar unas rentas en el mes anterior a la solicitud que no sean tres veces superiores al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) anual en catorce pagas. En la actualidad el Iprem es de 7.519,59 euros al año.

El Consejo de Ministros, que aún está reunido, está siendo particularmente tenso debido al enfrentamiento entre el PSOE y Unidas Podemos sobre la inclusión o no de medidas económicas y sociales adicionales de mayor potencia, que conllevarán una mayor exigencia presupuestaria de cara al déficit y la deuda pública.

Condiciones

Las condiciones de la moratoria son las siguientes. También irá destinada a aquellos cuya cuota hipotecaria supere el 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de la unidad familiar. Asimismo, el Iprem se incrementará en 0,1 veces por cada persona mayor de 65 años miembro de la unidad familiar o hijo, siendo de 0,15 en el caso de unidades familiares monoparentales. Si alguno de los miembros tiene una discapacidad superior al 33%, dependencia o enfermedad que le incapacite para trabajar, el límite será de cuatro veces el Iprem.

En fin, España imita así a Italia y aprueba una medida cuyo impacto encajarán los bancos que, ante esto, piden que les permitan reducir las provisiones –es decir, el capital que reservan para insolvencias y otros deterioros– para así tener más margen para afrontar esta medida. Lo cierto, es que el decreto recoge unas condiciones similares a las ya existentes en el Código de Buenas Prácticas.

De esta forma, la moratoria hipotecaria también se amplía a «fiadores y avalistas del deudor principal, respecto de su vivienda habitual y con las mismas condiciones que las establecidas para el deudor hipotecario», recoge el decreto que están ultimando el Gobierno.

Sin intereses

Además, «la entidad acreedora no podrá exigir el pago de la cuota hipotecaria, ni de ninguno de los conceptos que la integran (amortización del capital o pago de intereses), ni íntegramente, ni en un porcentaje». «Tampoco devengarán intereses», sentencia el decreto.

«La solicitud moratoria a la que se refiere el presente artículo conllevará la suspensión de la deuda hipotecaria durante el plazo estipulado para la misma y la consiguiente inaplicación durante el periodo de vigencia de la moratoria de la cláusula de vencimiento anticipado que conste en el contrato de préstamo hipotecario», recogerá el decreto.

Liquidez a autónomos y avales del ICO

Junto a esta moratoria, el Ejecutivo flexibilizará las condiciones para los ERTE, aprobará avales a partir de 20.000 millones de euros del ICO a la banca para dar liquidez a empresas y autónomos, eximirá del pago de cotizaciones a estos últimos mientras dure el estado de alarma y flexibilizará la obtención de la prestación de paro a los desempleados que no hayan cotizado lo suficiente, además de suspender los plazos tributarios y más medidas para el sector público.

El Gobierno aprobará hoy una moratoria del pago de las hipotecas de un mes a...
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