martes. 22.04.2025

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha vuelto a rechazar la solicitud de Coalición Canaria (CC) de que se expulse definitivamente de su grupo al consejero tránsfuga Juan Manuel Sosa tras el archivo de la denuncia que presentó contra Pedro San Ginés, extendida posteriormente a todos los miembros de su grupo político, por amenazas, falsedad y vulneración de sus derechos fundamentales. Según destaca este miércoles en nota de prensa el Gobierno de la socialista María Dolores Corujo, el tribunal ha decidido paralizar cautelarmente la expulsión del polémico político hasta que no haya una resolución firme de archivo. 

En una resolución dictada el pasado 14 de octubre, el Juzgado rechaza la petición de CC considerando que la “prejudicialidad penal” se mantendrá en el proceso contencioso administrativo hasta que recaiga una resolución firme y definitiva sobre la denuncia de Sosa, lo que se producirá cuando contra esa resolución no pueda interponerse recurso alguno.

El Cabildo afirma que Juan Manuel Sosa recurrió la expulsión acordada por el Grupo Nacionalista amparándose en la existencia de numerosas irregularidades en el procedimiento sancionador, entre ellas la posible falsedad del Reglamento del Grupo Político. Fruto de esa sospecha de falsedad, el consejero expulsado amplió una denuncia interpuesta previamente contra Pedro San Ginés por amenazas y el instructor de dicha denuncia entendió que ambos hechos, las amenazas para que dimitiera y la posible falsificación del reglamento para conseguir su expulsión del Grupo Político, mantenían una íntima relación, por pretender en ambos casos condicionar la voluntad de Juan Manuel Sosa y perturbar el desempeño de sus tareas como cargo público. La existencia de esa investigación provocó que el Juzgado de lo Contencioso paralizara la tramitación del procedimiento al entender que el resultado de las investigaciones de carácter penal podría resultar relevante para la decisión final en el procedimiento contencioso, lo que se conoce como prejudicialidad penal.

Las investigaciones practicadas llevaron al instructor a entender que debiera archivarse la causa al no haber podido acreditar los hechos denunciados por Sosa, una decisión que el Gobierno del Cabildo confirma que ha sido recurrida por el consejero ante el propio juez que la dictó.

Precisamente ese archivo provisional de la denuncia penal ha sido aprovechado por CC, según el Cabildo, para tratar de continuar con el procedimiento contencioso, toda vez que la expulsión de Sosa ha sido suspendida hasta que termine dicho procedimiento. Ahora, la titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo ha desestimado dicha pretensión al considerar que el archivo acordado por el instructor penal no es firme, porque ha sido recurrido, siendo que, además, contra la resolución que resuelva dicho recurso aún cabría interponer un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, e incluso ante el Tribunal Supremo.

La posición y derechos de Juan Manuel Sosa, por tanto, según el Gobierno de Corujo, continúan intactos con la expulsión del Grupo Político suspendida hasta que finalice el procedimiento contencioso administrativo y éste, a su vez, paralizado hasta que se produzca una resolución definitiva en el asunto penal.

Archivo de la causa 

Como se recordará, el Juzgado de Instrucción Número 2 de Arrecife acordó el pasado 13 de septiembre sobreseer provisionalmente y archivar la denuncia por amenazas, coacciones y vulneración de derechos fundamentales que presentó el polémico consejero tránsfuga Juan Manuel Sosa contra Pedro San Ginés, denuncia que posteriormente fue ampliada por falsedad documental contra la totalidad de los integrantes del Grupo Nacionalista.

Según recogió el auto, al respecto de la denuncia formulada por Juan Manuel Sosa contra Pedro San Ginés el 12 de enero de 2022 el juez consideró que “sólo se cuenta con la declaración incriminatoria del denunciante,  que no ha quedado corroborada mediante elemento indiciario alguno, pues las notas de prensa y declaraciones realizadas con posterioridad al día 13 de mayo de 2021 por el investigado Pedro San Ginés no implican, de por sí, que existiera la amenaza denunciada”.

Por otra parte, en cuanto a la supuesta falsedad documental cometida por todo el grupo de CC-PNC, el juez dice que “deberá negarse la existencia del delito de falsedad documental cuando haya constancia de que tales intereses no han sufrido riesgo alguno. En el presente caso, el REGLAMENTO DEL GRUPO COALICIÓN CANARIA-PNC, CABILDO DE LANZAROTE Y LA GRACIOSA expresaba la voluntad clara y manifestada de todos los investigados dirigida a expulsar al denunciante del Grupo Político del que formaba parte, por lo que, la presentación del indicado Reglamento como base de un expediente administrativo sancionador, por más que no hubiera sido aprobado regularmente en una concreta sesión del Grupo Político, carece de relevancia penal”.

El Cabildo ensalza que un juzgado ha paralizado cautelarmente la expulsión de Sosa de CC
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